Las siguientes son las funciones principales del Comité:
- Determinar los criterios de selección y admisión de acuerdo con las disposiciones legales e institucionales vigentes
- Planear, organizar, implementar, controlar y evaluar las actividades del proceso de selección y de admisión
- Realizar el proceso de selección y admisión de aspirantes para cada ciclo académico
- Hacer el seguimiento a los procesos de convocatorio y selección de nuevos estudiantes
- Las demás que dentro del marco normativo de la Institución se relacionen con la aplicación de las políticas sobre el proceso de admisión de nuevos estudiantes
- Mantener informado al rector sobre las decisiones que se tomen
El Comité está integrado por los siguientes miembros:
- Vicerrector Académico, quien lo preside
- Vicerrector Administrativo y Financiero
- Los decanos de facultad
- El Director de la Oficina de Registro Académico
- El Director del Departamento de Mercadeo y Admisiones
- El Director de la Oficina de Apoyo Financiero
- El Director del Departamento de Crédito y Cartera
Acuerdo n.° 1 de febrero de 2011 del Consejo Superior
"Mediante el cual se formaliza el Comité de Admisiones para los programas de pregrado y se adopta un reglamento para el proceso de admisión".
Estudiar, proponer y presentar proyectos, políticas, direccionamientos, reglamentos y normas, relacionadas con las tres funciones básicas de la Universidad (docencia, investigación y extensión).
Las siguientes son las funciones principales del Comité:
- Proponer a la Universidad los planes de desarrollo, el plan de trabajo anual físico y de requerimientos, las políticas y los reglamentos internos del Departamento de Biblioteca y las políticas y planes del Fondo Bibliográfico.
- Fijar las fechas para presentar las solicitudes de compra de material bibliográfico, por parte de los directores de carrera y de los decanos.
- Aprobar las adquisiciones y suscripciones, así como el descarte del material bibliográfico, de acuerdo con las políticas de la Universidad.
- Evaluar semestralmente las estadísticas sobre los servicios del Departamento de Biblioteca y rendir informe de ello.
- Recomendar a la Dirección de Planeación y Desarrollo las condiciones y requerimientos sobre la infraestructura física de la Biblioteca.
- Asignar las tarifas de las multas que impondrá la Biblioteca durante el año lectivo correspondiente.
- Fijar el término de suspensión de los servicios de la Biblioteca al estudiante que permita que, con su carné, otra persona utilice los servicios bibliotecarios.
- Determinar las sanciones para los usuarios que incumplan con este reglamento o con los procedimientos establecidos.
- Fijar los criterios y maneras como un usuario puede reponer un libro o revista que entregue en malas condiciones o que no devuelva.
El Comité está integrado por los siguientes miembros:
- El vicerrector académico, quien lo preside.
- Un decano designado de común acuerdo por los integrantes del comité.
- Dos directores de departamento, designados por los decanos.
- Dos profesores designados por el vicerrector académico de los candidatos propuestos por los decanos (uno por cada uno).
- Un delegado del vicerrector administrativo y financiero.
Las siguientes son las funciones principales del Comité:
- Asesorar al Consejo Académico en la elaboración de calendarios académicos, reglamentación y adopción de políticas generales en materia de posgrados.
- Actuar como equipo articulador entre los pregrados y los posgrados para proponer políticas, procesos y procedimientos, emitir concepto sobre la apertura de programas de posgrado, especialización, maestría y doctorado, atendiendo los lineamientos institucionales y los de la Vicerrectoría Académica (Escuela de Pedagogía).
- Asesorar al Consejo Académico respecto de los estudios de mercado para los posgrados e informar sobre exigencias, normas y requerimientos de cada programa académico.
- Asesorar al Consejo Académico en el establecimiento de convenios con otras instituciones universitarias, con el objeto de organizar y ejecutar programas conjuntos de posgrado.
- Asesorar a la Dirección de Planeación y a los consejos de facultad respecto a los estudios de sostenibilidad y mejoramiento de los programas actuales de posgrado.
- Las demás que le asignen la dirección de la Universidad o el vicerrector académico.
El Comité está integrado por los siguientes miembros:
- El vicerrector académico, quien lo preside.
- Un decano designado por el rector, que se rotará anualmente.
- Un directivo representante de maestrías designado por el rector, que se rotará anualmente.
- Un coordinador representante de las especializaciones designado por el rector, que se rotará anualmente.
- Un representante de los docentes designado por los docentes de posgrado, que se rotará anualmente.
- Un representante de los estudiantes de posgrado designado por los estudiantes del posgrado, que se rotará anualmente.
- Un asesor de la Escuela de Pedagogía designado por el comité, quien actuará como invitado permanente y tendrá voz, pero no voto, dentro de las deliberaciones.
- Actuará como secretario técnico del comité, con voz pero sin voto, el coordinador de posgrados, quien deberá llevar actas del comité y citar a las reuniones programadas con antelación con el presidente del Comité.
El Comité desempeña las siguientes funciones, entre otras:
- Analizar y avalar las ofertas que presenten las unidades académicas para el desarrollo de los componentes de iniciación en la formación, formación en pedagogía y formación en idiomas.
- Analizar las candidaturas presentadas para las modalidades del componente Apoyo a Estudios de Posgrado y Educación Continuada, con base en criterios de equidad, trayectoria, pertinencia y resultados de la evaluación del candidato, según disponibilidad presupuestal y de cupos.
- Recomendar al rector la asignación de apoyo a estudios de posgrado y educación continua a los académicos, de acuerdo con los soportes recibidos y las condiciones académicas y presupuestales establecidas por la Universidad para tal fin.
- Estudiar y recomendar ante el rector, con base en el informe de los consejos de facultad, la continuidad o no de los beneficiarios en el Programa de Apoyo a Estudios de Posgrado.
- Analizar los logros de los académicos para proponer al Consejo Superior o al Rector, según corresponda, el otorgamiento de distinciones, reconocimientos a la Excelencia Académica o estímulos, según lo establecido en el Reglamento del Personal Académico.
- Apoyar a la Vicerrectoría Académica en la aplicación, seguimiento y control del Sistema de Evaluación del Personal Académico.
El Comité está integrado por los siguientes miembros:
- El vicerrector académico, quien lo preside.
- El director de la Escuela de Pedagogía, quien se encarga de la secretaría técnica.
- El director de la Dirección de Planeación y Desarrollo.
- Un representante de los decanos y de los directores de institutos.
- Un representante de los directores de programa.
- Un representante de los directores de departamento.
- Un representante del personal académico.
Resolución del Consejo Académico n.° 4 de junio 15 de 2011
Por la cual se modifican las resoluciones 148 y 149 de 2006, relacionadas con el funcionamiento del Programa de Apoyo a Estudios de Posgrado de los profesores de la Universidad Central
Las siguientes son las funciones principales del Comité:
El Comité desempeña las siguientes funciones, entre otras:
- Definir promedios académicos y criterios de valoración con el objeto de garantizar la excelencia académica y la equidad, según las propuestas del Departamento de Bienestar para las modalidades de excelencia deportiva o cultural y socioeconómica
- Definir los procedimientos y el cronograma para la asignación de las becas en cada periodo académico
- Velar por el cumplimiento de los requisitos académicos, financieros y reglamentarios para el otorgamiento de las becas en cada una de las modalidades
- Presentar al Consejo Superior y al Rector, cada periodo académico, un informe sobre las becas asignadas
- Proponer modificaciones y ajustes al Reglamento de Becas
- Preparar las resoluciones con la propuesta de asignación de becas y presentarlas a consideración del Rector
- Establecer los requisitos y procedimientos para la asignación de préstamos y recomendar su adjudicación
- Fijar criterios para la adjudicación de becas en casos especiales
El Comité está integrado por los siguientes miembros:
- El Vicerrector Administrativo y Financiero, quien lo preside
- El Vicerrector Académico
- El Director de Bienestar Institucional, quien hace las veces de Secretario del Comité
Acuerdo del Consejo Superior n.° 15 de 2007
Por el cual se establece el Comité de Becas y se expide el Reglamento para la asignación de becas a los estudiantes de la Universidad Central