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Participación democrática

Organización del proceso electoral

La Secretaría General y de Asuntos Jurídicos y el Comité de Elecciones son las unidades encargadas de la organización y desarrollo del proceso de elecciones de los representantes ante los órganos colegiados de la Institución.

Para nuestra universidad es importante participar en los diferentes procesos democráticos. Desde 2006, con las elecciones centralistas y procesos de designación, la Institución garantiza que las ideas y propuestas de la comunidad, en pro del mejoramiento continuo, sean escuchadas, y que estudiantes, profesores y egresados hagan parte de los distintos órganos de gobierno y administración en la Universidad Central.

Actualmente, la Universidad cuenta con los siguientes órganos de gobierno y administración (órganos colegiados) con representación:

  • Consejo Superior
  • Consejo Académico
  • Consejos de Facultad y de Escuela
  • Consejos de los programas de pregrado
  • Consejos de los programas de los centros de posgrado

El proceso democrático de la UC permite que la diversidad de opiniones y posiciones existentes al interior de la Universidad se refleje en las decisiones del Gobierno Institucional, y que estas recojan las inquietudes, necesidades y propuestas de la mayoría, expresadas por la voz de sus representantes de estudiantes, profesores y egresados.

¿Qué son los órganos colegiados de gobierno y administración?

Son instancias colectivas de asesoramiento, decisión y control de la Institución en materia organizativa, académica y administrativa. En las Elecciones centralistas, mediante voto secreto, se eligen los representantes de profesores y estudiantes en los siguientes órganos:

Consulta la conformación y funciones de estos órganos en el 

Elecciones centralistas 2027 - 2028

Elecciones centralistas 2027 - 2028

El representante de los egresados será elegido por el voto mayoritario de los representantes de egresados ante los consejos de facultades y escuelas, los consejos de los programas de pregrado y los consejos de los centros de posgrado que se encuentren con periodo vigente al momento de la elección; su periodo será de dos (2) años, y podrá ser reelegido hasta por dos (2) periodos.

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