Elecciones centralistas 2027-2028
Para postularse como candidato ante el Consejo Superior, Consejo Académico, Consejo de Facultad o Consejo de Escuela de la Universidad Central, los aspirantes deben cumplir, además de lo descrito en el Estatuto General, con los siguientes requisitos y serán elegidos por voto secreto a través del proceso de elecciones que realiza la Universidad.
Requisitos para postularse como representante de:
- Conocer el contenido de los documentos fundacionales y las políticas adoptadas por la universidad, en especial el Estatuto General, el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y el Plan de desarrollo o el que haga sus veces.
- Identificarse con la filosofía y los principios de la Universidad Central.
- Estar matriculado en un programa académico de la Universidad conducente a título al momento de la inscripción.
- Tener un promedio acumulado ponderado igual o superior al segundo cuartil de las notas finales del programa en el cual se encuentra matriculado al último ciclo académico cursado, anterior al de la elección.
- No haber sido sancionado disciplinariamente durante los dos (2) años anteriores al momento de la inscripción.
- No tener vinculación contractual con la Universidad, salvo los programas de monitorias y pasantías.
- El representante ante el Consejo de Facultad o Escuela debe ser estudiante del programa académico adscrito a la Facultad o Escuela.
Parágrafo: el promedio al que alude el literal d) será certificado por el secretario académico de la respectiva Facultad o Escuela, a solicitud del estudiante interesado en la candidatura.
Ante el Consejo Superior:
- Conocer el contenido de los documentos fundacionales y las políticas adoptadas por la Universidad, en especial el Estatuto General, el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y el Plan de desarrollo o el que haga sus veces.
- Identificarse con la filosofía y los principios de la Universidad Central.
- No ocupar cargos de dirección o administración de la Universidad al momento de la inscripción.
- Ser profesor de tiempo completo con una vinculación mínima de dos (2) años de manera sucesiva en la Universidad al momento de la inscripción.
- Acreditar título profesional universitario y de posgrado.
- No haber sido sancionado disciplinariamente durante los dos (2) años anteriores al momento de la inscripción.
Ante el Consejo Académico o de Facultad o de Escuela:
- Conocer el contenido de los documentos fundacionales y las políticas adoptadas por la Universidad, en especial el Estatuto General, el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y el y el Plan de desarrollo o el que haga sus veces.
- Identificarse con la filosofía y los principios de la Universidad Central.
- Acreditar título profesional universitario y de posgrado.
- Ser profesor de tiempo completo y tener una vinculación mínima de dos (2) años de manera sucesiva en la Universidad al momento de la inscripción.
- No ocupar cargos de dirección o administración de la Universidad al momento de la inscripción.
- No haber sido sancionado disciplinariamente durante los dos (2) años anteriores al momento de la inscripción.
- Que la evaluación como profesor de los dos últimos semestres haya sido satisfactoria de acuerdo con certificación expedida por el director del área de conocimiento y el decano de la Facultad o director de Escuela.
- Los candidatos a la representación ante los Consejos de Facultad o Escuela deben formar parte del personal profesoral de la respectiva unidad académica.
- Ser graduado del programa académico correspondiente.
- Identificarse con la filosofía y los principios de la Universidad Central.
- Tener una trayectoria profesional en el campo superior a un (1) año.
- No tener vinculación contractual vigente con la Universidad.
Notas importantes:
- El representante de los egresados ante el Consejo Superior será elegido por el voto mayoritario de los representantes de egresados ante los consejos de facultades y escuelas, los Consejos de los Programas de Pregrado y los Consejos de los Centros de Posgrado que se encuentren con periodo vigente al momento de la elección.
- El representante de los egresados ante los consejos de facultades y escuelas, los Consejos de los Programas de Pregrado y Consejos de los Centros de Posgrado será designado mediante resolución rectoral de terna propuesta por la Dirección de Estudiantes y Egresados.
