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Preguntas frecuentes sobre el proceso de grado

La Universidad Central ha establecido distinciones durante los grados académicos, para aquellos estudiantes destacados académicamente: mención de honor, mención de mérito, grado de honor y mención de meritoria o laureada para trabajo de grado de pregrado o posgrado (RAEP capítulo XI y RAPP capítulo XII).

Distinción que se otorgará a los estudiantes que tengan el mejor promedio acumulado ponderado por créditos, de todo lo cursado en la facultad respectiva, o aquellos que hayan obtenido algún reconocimiento sobresaliente en los campos de las ciencias, la tecnología, la cultura, las artes, el deporte o la acción social, durante el periodo académico inmediatamente anterior. El Consejo Académico otorgará las menciones de honor cuando un estudiante cumpla con las condiciones mencionadas (RAEP, artículo 61).

Distinción que se otorgará al estudiante que alcance el mayor promedio académico acumulado ponderado por créditos de todo lo cursado de su respectiva carrera, o a aquel que haya obtenido algún reconocimiento en los campos de las ciencias, la tecnología, la cultura, las artes, el deporte o la acción social, en el periodo académico inmediatamente anterior. Los consejos de facultad otorgarán las menciones de mérito (RAEP, artículo 62).

Distinción otorgada por el Consejo Académico a los estudiantes que han obtenido alguna de las distinciones mencionadas anteriormente, en por lo menos la mitad de los periodos académicos de su programa (RAEP, artículo 63).

  • En el caso de los trabajos de pregrado, se trata de una mención que podrá otorgar el consejo de facultad cuando el trabajo haya recibido una calificación de cuatro punto cinco (4,5) o más, y cuando el jurado considere por unanimidad que este constituye un producto académico de excelencia. Esta mención aplica para las siguientes modalidades de opción de grado: trabajos de grado escrito y obra artística o literaria (RAEP, artículo 64).
  • En el caso de los trabajos de posgrado, se trata de una mención que podrá otorgar el consejo de facultad a solicitud del comité académico del programa, motivada por decisión unánime del jurado calificador, en los términos dispuestos por el artículo 36 del Reglamento Estudiantil, Acuerdo 6 de 2005 (RAPP, artículo 59).

En el caso de los trabajos de pregrado, se podrá otorgar cuando se haya asignado una calificación de cinco punto cero (5,0) y, además, cuando el jurado, por unanimidad, considere que constituye un aporte significativo a la disciplina o profesión y que sus resultados tienen la calidad para convertirse en un artículo en publicación indexada o en producto destacado de reconocimiento y prestigio dentro del ámbito académico correspondiente. Esta calificación podrá otorgarla el Consejo Académico a solicitud del consejo de facultad, cuando los jurados, por unanimidad, la hayan solicitado. Esta mención aplica para las siguientes modalidades de opción de grado: trabajos de grado escrito y obra artística o literaria (RAEP, artículo 64).

En el caso de los trabajos de grado de posgrado, cuando sea un trabajo excepcional y un aporte a la ciencia y al conocimiento, por recomendación unánime del jurado, previa aprobación del comité académico de programa, se designarán uno o dos evaluadores externos. En caso de dar concepto favorable, el comité académico del programa podrá postular la tesis ante el Consejo Académico para recibir esta mención. El estudiante recibirá, además del diploma correspondiente, otro en donde se reconozca el carácter de tesis laureada (RAPP, artículo 59).

De acuerdo con los artículos 50 y 51 del RAEP y el artículo 45 del RAPP, los requisitos son los siguientes:

Tipo de requisitos Pregrado Posgrado
Académicos
  • Cursar y aprobar la totalidad de créditos establecidos en el plan de estudios del respectivo programa académico de pregrado o de posgrado, según sea el caso.
  • Aprobar la opción académica de grado.
  • Obtener un promedio acumulado ponderado por créditos de todo lo cursado, igual o superior a tres coma cinco (3,5).
  • Aprobar el trabajo de grado o tesis, de acuerdo con los requerimientos de cada programa.
 
  • Demostrar dominio suficiente de una segunda lengua, según lo establecido en el programa de estudios correspondiente.
  • Presentar el examen de calidad para la educación superior Saber Pro.
  • Presentar el examen de calidad para la educación superior Saber Pro.
Administrativos
  • Pagar el valor de derechos de grado, y el valor de grado sin ceremonia, en los casos en que aplique.
  • Cumplir con los requisitos por concepto financiero (Dirección de Apoyo Financiero Estudiantil).
  • Cumplir con los requisitos por concepto de entrega de la copia del trabajo de grado (programa académico).
  • Cumplir con los requisitos por concepto de actualización de datos (Dirección de Egresados).
  • Cumplir con los requisitos por concepto de entrega de documentos de grado (Secretaría Académica).
Disciplinarios
  • No haber sido sancionado con suspensión de derechos de grado y título, o con medida de expulsión, de conformidad con el Reglamento Disciplinario Estudiantil de la Universidad.

Puedes verificar la completitud de los siguientes documentos en la Secretaría Académica de tu escuela o facultad, según el calendario de la convocatoria respectiva:

  • Fotocopia del diploma o acta de grado de bachillerato (para estudiantes de pregrado).
  • Fotocopia del diploma o acta de grado de pregrado (para estudiantes de posgrado).
    Nota: si tu título de bachiller o de pregrado fue obtenido en el extranjero, deberá estar convalidado por el Ministerio de Educación Nacional de Colombia.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía ampliada al 150 %.
  • Certificación de asistencia a la Prueba Saber Pro o los resultados que se pueden descargar en la página web del Icfes.

La verificación de la completitud de documentos la puedes realizar comunicándote por vía telefónica o correo electrónico de la Secretaría Académica de tu escuela o facultad.

Puedes remitir el documento al correo institucional de la Secretaría Académica de tu escuela o facultad.

No, la verificación de los documentos es obligatoria y constituye uno de los requisitos (administrativos) para obtener el grado. En todo caso, se debe realizar en las fechas establecidas en el calendario de grados.

El recibo de derechos de grado se genera a través del portal de servicios, en las fechas establecidas en el calendario de grados.

No; el pago de derechos de grado es uno de los requisitos administrativos. Para culminar con éxito el proceso de grado, el estudiante deberá cumplir con la totalidad de requisitos académicos, administrativos y disciplinarios.

No; sin embargo, los valores de derechos de grado y de grado sin ceremonia sufren un incremento cada año y por lo tanto, si se realizó el pago en un año anterior al de la realización de la convocatoria de grado en la que se preinscribe nuevamente, se debe pagar el excedente correspondiente.

Sí. Debes cancelar dos conceptos: grado sin ceremonia y derechos de grado. Puedes consultar los costos en este enlace.

Amparados por la legislación vigente, y en especial de lo señalado en el literal e del artículo 122 de la Ley 30 de 1992, todos los graduandos centralistas están en la obligación de pagar los derechos de grado, tanto para la figura de Grados sin ceremonia como Grados con ceremonia.

El valor de los derechos de grado está relacionado a los costos administrativos asociados al grado, tales como:

  • Análisis académico
  • Análisis de los documentos radicados
  • Custodia futura de esta información
  • Niveles de seguridad del título
  • Papelería en que reposa el título
  • Impresión del diploma
  • Impresión del acta
  • Proceso del título electrónico y las seguridades que lo salvaguardan
  • Expedición del carné como egresado
  • Gestiones administrativas y académicas

En cuanto a los grados sin ceremonia, se incluye un valor extra de los derechos de grado, dado que existen mayores esfuerzos administrativos en la entrega del título individual respecto de cada estudiante.

Debes solicitar la información de la sanción en el Centro de Recursos para el Aprendizaje e Investigación (CRAI) y acercarte a las ventanillas de la Dirección de Tesorería para realizar el pago.

La Dirección de Egresados se encarga de enviar el respectivo formulario a cada postulado a grado días antes de las ceremonias de grado

Debes realizar el trámite con la dependencia que corresponda para demostrar el requisito faltante. En todo caso, deberás volver a postularte en una próxima convocatoria de grado (con o sin ceremonia) en cuanto hayas demostrado el requisito y realizar de nuevo todo el proceso.

Las fechas establecidas en el calendario académico para el proceso de grados son institucionales y operan para todos los estudiantes de la Universidad Central; por tal razón, no es potestad de una dependencia en particular la modificación de estas, en tanto que afectan el proceso general de grados.

No; las fechas de realización de las ceremonias están previstas con anticipación y son aprobadas por el Consejo Académico como parte del Calendario Académico del año correspondiente. (RAEP, capítulo VIII, artículo 1; y RAPP, capítulo VIII, artículo 58, parágrafo 1).

De la misma manera como ocurre con el curso del plan de estudios, es deber de cada estudiante informarse oportunamente acerca de los procedimientos institucionales que son de su propio interés, incluyendo el proceso de grado.

Cuando un estudiante no asiste a la ceremonia de graduación, podrá reclamar el título correspondiente en la Secretaría General a partir del siguiente día hábil después de la ceremonia de grado.

Sí, mediante un poder especial ante notaría pública, en el que se autorice a un tercero para que reclame los documentos. Dicho poder debe venir acompañado de las respectivas fotocopias de las cédulas de ciudadanía.

Es un espacio coordinado por la Dirección de Egresados, en el que se desarrolla una serie de actividades con el fin de rendir un homenaje a cada uno de los futuros profesionales, así como de notificar los horarios, detalles y protocolos de la ceremonia de grado. Durante la Noche del Graduando, se brinda información sobre la ubicación que tendrá el graduando en el auditorio el día de la ceremonia y se aclaran todas las dudas e inquietudes que se generen con motivo de esta trascendental celebración.

La única dependencia autorizada para brindar esta información es la Dirección de Egresados. Puedes dirigirte personalmente, o comunicarte a través del correo electrónico egresados@ucentral.edu.co o en la extensión 1452.

Las primeras dependencias que brindan información sobre el proceso de grado son la dirección de cada pregrado o posgrado y la secretaría académica de cada escuela o facultad. Adicionalmente, las siguientes dependencias administrativas podrán brindar información sobre el trámite correspondiente en cada una de ellas: Dirección de Registro y Control (postulación a grado); Dirección de Apoyo Financiero Estudiantil (paz y salvo financiero); Dirección de Tesorería (recibos de pago, horarios de atención en cajas y medios de pago); Programa académico (entrega de trabajo de grado); Dirección de Egresados (paz y salvo de actualización de datos y Noche del Graduando).

En caso de tener inquietudes con respecto al desarrollo u organización de las ceremonias de grados, puedes contactar a:

  • Correo electrónico: graduandosuc@ucentral.edu.co
  • Redes sociales: @egresados.centralistas

En caso de tener inconvenientes en el proceso de grado los estudiantes pueden comunicarse al correo electrónico: graduandosuc@ucentral.edu.co.

El estudiante que, después de terminar con la totalidad de las asignaturas o créditos académicos correspondientes, no haya cumplido en un término de dos (2) años con los requisitos para la obtención del título, deberá, si está interesado en obtenerlo y el programa cuenta con registro calificado vigente, adelantar un curso de actualización de conformidad con las condiciones académicas que determine el Comité de Carrera de cada pregrado. Luego de aprobarlo, el estudiante podrá escoger una de las opciones de grado. Además, deberá cumplir con los requisitos administrativos y financieros para el efecto.

En el siguiente enlace encontrarás la normativa citada:

  Consultar normativa

 


Última actualización: 2023-06-26 17:56

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