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Acoso sexual en las aulas

Visual, verbal y físico son los tipos de acoso sexual que se han detectado en las universidades del país.

Cartelera producto del proyecto “Violencias y discriminaciones en la Universidad: una aproximación al acoso sexual, el sexismo y la homofobia”.
Cartelera producto del proyecto “Violencias y discriminaciones en la Universidad: una aproximación al acoso sexual, el sexismo y la homofobia”.

 

En el artículo “Cuentos que no son cuentos”: acoso sexual en las universidades (primera entrega de este especial sobre el acoso sexual) se mencionó que dentro de la amplia gama de estrategias que se despliegan, sobre todo en las aulas, se pueden identificar tres tipos de acoso sexual: visual, verbal y físico.

Acoso visual

El acoso visual implica la observación y la mirada, por lo general masculina, que de acuerdo con las estudiantes suele ser “morbosa”, “fea”, “con otros ojos”, “malintencionada” y focalizada en determinadas partes del cuerpo femenino.

Así, la mirada “imantada” del profesor o de los compañeros de clase, pone en la mira los senos y la cola de las mujeres, es una mirada que busca desnudar y con la cual, según las universitarias, ellas se sienten “escaneadas”.

Una manifestación recurrente de este tipo de acoso es hacer pasar a la estudiante al tablero poniendo su cuerpo en el centro de todas las miradas, bajo la lógica aprendida por ambos sexos de la dominación masculina, según la cual, el cuerpo femenino es un cuerpo que se expone para ser percibido por la mirada y el discurso de los otros, de acuerdo con Bourdieu, en La dominación masculina (2000).

Acoso verbal

El acoso verbal se hace acción a través de comentarios maliciosos, morbosos, obscenos, vulgares, muy pasados, bastos y confianzudos o de propuestas indecentes. En este tipo de comentarios impera el doble sentido, mediante el cual se sexualiza y se objetiva a las estudiantes.

Según parece, algunos docentes integran estos comentarios a sus prácticas pedagógicas al usar ejemplos y hacer “chistes flojos” como una especie de didáctica. Ejemplos y chistes con los cuales buscan ilustrar los contenidos de sus materias y hacer amena y menos aburrida la clase.

El acoso verbal también se expresa de manera suave y sutil mediante halagos, piropos y galanteos lo que se confunde fácilmente con seducción y coquetería. Los halagos pueden referirse al aspecto físico y al vestuario de la estudiante o a sus capacidades académicas con el fin de agradar y lograr empatía.

Otro camino es mostrar interés y preocupación por el bajo rendimiento o supuestas dificultades académicas de la alumna, en estos casos el profesor suele brindar ayuda fuera de la clase, preferiblemente un viernes en un café o en un lugar fuera de la universidad.

Con el auge actual de las redes sociales y de los dispositivos tecnológicos y, en particular del celular, estos emergen como medios a través de los cuales el acoso se vuelve omnipresente, invasivo y cotidiano. Resulta interesante la fusión del acoso visual y verbal que posibilitan las TIC.

En efecto, comentarios, insinuaciones e invitaciones de diversa índole circulan por los correos, WhatsApp, Facebook y otros medios virtuales, con frecuencia acompañados de fotos y videos. Ya es usual tomar fotos desprevenidas sin el consentimiento de la persona acosada, que se comparten entre colegas y compañeros de clase, como una especie de voyerismo y diversión sexual.

Acoso físico

El contacto y la cercanía corporal por parte del acosador quien, en su rol de “seductor”, hace tocamientos molestos y confianzudos para la persona acosada, constituyen la tercera modalidad denominada acoso físico.

Tocar el cabello, el rostro, las piernas, los brazos, los hombros, hacer masajes, robar besos, acorralar y, cerrar con el cuerpo y el rostro acosador, el espacio físico de la estudiante, son algunas de las tantas formas de acoso físico, ejercidas por docentes y estudiantes.

¿Cómo se define el acoso sexual y cómo se diferencia de la seducción?

El acoso sexual es una manifestación de sexismo y discriminación con intenciones sexuales no deseadas ni buscadas por la persona acosada.

La Ley 1257 de 2008 tipifica este delito de la siguiente manera: “El que en beneficio suyo o de un tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a otra persona, incurrirá en prisión de uno (1) a tres (3) años” (Artículo 210A).

Las personas acosadoras y acosadas pueden ser hombres y mujeres, aunque, es conocido que la mayoría de acosadores suelen ser hombres heterosexuales y la mayoría de acosadas suelen ser mujeres.

No sobra mencionar que el acoso sexual también sucede entre personas del mismo sexo y con identidades y orientaciones sexuales diversas.

En el texto Acoso sexual y normativa en Colombia podrá conocer las determinaciones de la ley colombiana ante estas situaciones y por qué, en muchas de las ocasiones, las víctimas guardan silencio.

 

Lya Yaneth Fuentes Vásquez
Docente-investigadora
Instituto de Estudios Sociales Contemporáneos
Bogotá, D. C., 6 de marzo de 2019
Imágenes: cortesía Iesco
Última actualización: 2019-07-11 16:18